28 de noviembre de 2012

Etica Informàtica: La privacidad en las redes sociales.

Una carta falsa abre el debate en Facebook Usuarios subieron un texto de privacidad inválido Una mala noticia primero; una buena después. La mala: todos aquellos miles de usuarios de Facebook que pegaron en los últimos días en su muro algo que se difundió como "Notificación de Copyright", para prohibirle a la red social usar el contenido que generan con objetivos comerciales sin autorización escrita, no lograrán nada. Esa declaración es completamente inválida y Facebook puede hacer casi lo que quiera con la información que se publica en la red. La buena noticia, al menos para los usuarios, es que dos grupos defensores de la privacidad instaron anteayer a Facebook a retirar los cambios propuestos en los términos de su servicio que le permitirían a la compañía compartir datos de los usuarios con Instagram -la aplicación de fotografías que compró recientemente-, eliminar el sistema de votación del usuario y relajar las restricciones dentro de la red social. Los cambios, que Facebook hizo públicos la semana pasada, aumentan las amenazas para la privacidad de los usuarios y violan los compromisos previos de la compañía con sus casi 1000 millones de miembros, según el Electronic Privacy Information Center y el Center for Digital Democracy. "Los cambios propuestos por Facebook afectan a la privacidad del usuario y a los términos de un acuerdo reciente con la Comisión Federal de Comercio", dijeron los grupos en una carta dirigida al consejero delegado de Facebook, Mark Zuckerberg. Es decir que la reacción es grande. A todo esto, la declaración de privacidad que miles de usuarios utilizan como escudo pseudolegal contra las nuevas directivas de Facebook no tiene ningún valor. Cada usuario que está en la red social aceptó los términos y condiciones de la red social, por lo tanto, automáticamente le está dando permiso a Facebook para usar dicha propiedad intelectual a nivel global sin obligación de aviso o compensación, según publicó ayer el sitio especializado Neoteo. En consecuencia, ese previo acuerdo se antepone a cualquier "protesta pasiva" en sus muros. Facebook hace público el material que el usuario decide que debe ser público (y si el usuario no sabe hacerlo, o si el proceso es complejo, esa es otra historia), explicó el especialista Lisandro Pardo en Neoteo. En otras palabras, si un usuario no quiere que Facebook use algo de su cuenta, debe borrarlo. Y si tampoco está de acuerdo con eso, debe cerrar su cuenta de Facebook. Tienen opciones, siempre en el ámbito judicial, pero pegar esa declaración resulta absurdo en términos reales. Volviendo a la buena noticia: los directivos de la red social se hicieron eco de la carta y salieron del autismo corporativo. En un comunicado tuvieron que aclarar que los usuarios son "dueños" de los contenidos que publican, aunque aclaran que esa información está supeditada a los términos establecidos cuando uno abre una cuenta. La polémica seguirá. La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos había acordado con Facebook que la empresa necesita el consentimiento del usuario para hacer cambios en su configuración de privacidad y que está sujeta a 20 años de auditorías independientes.. Franco Varise, La Naciòn, Noviembre de 2012.

17 de noviembre de 2012

Filosofìa de la ciencia y la Tècnica: Las redes sociales.

Una red social es una estructura en donde hay individuos que se encuentran relacionados entre si. Cuando nos referimos a estas estructuras dentro de Internet, hablamos de aplicaciones Web que permiten a las personas conectarse con sus amigos, permitiéndoles a los usuarios compartir contenido, interactuar y crear comunidades sobre intereses similares. Se tienen datos que relacionan el año de 1995 con la creación de la primera red social, a manos del señor Randy Conrads, quien crea el sitio Web classmates.com, la cual le permitía a los usuarios mantener contacto con antiguos compañeros de estudio. Estas redes sociales no solo permiten a los usuarios mantener contacto con sus amigos, también construir una identidad personal o virtual y tal vez su mayor virtud, sea que se saltan o evitan todo tipo de barreras tanto culturales como físicas, lo que genera una globalización estructurada desde lo personal a lo colectivo; Un colectivo que se logra a través de la red, un colectivo que no se refiere a una etnia, grupo, ciudad o país, nos deja inmersos en un pequeño gran mundo, en donde todos construimos la red, en donde todos somos un único sistema y nuestro credo es Internet. Internet es el medio del siglo XXI, todo se resume y confabula para estar en él, todo se sabe y se consigue, se transmite y ahora mas que nunca se “vive”, por esto mismo es un medio que ha sido participe de la inmersión publicitaria y sus fines. Pero como no hacerlo si Facebook, la red social mas famosa, tiene 350 millones de usuarios y se abrió a toda la red tan solo en el 2006, y cada día son mas los interesados en pertenecer a ella. Como muestra la gráfica de te Nelses Campaing, quienes entregan datos sobre el aumento de las redes sociales a nivel de usuarios. Día a día este medio toma mayor favoritismo y uso por parte del mundo entero, llevando así a convertirlo en el medio de interacción, comunicación, entretenimiento, diversión e información del futuro. De esta manera, resulta ser un medio muy importante y con mayor potencial para las comunicaciones publicitarias, ya que todos los ojos, o por decirlo de otra manera, todas las computadoras del mundo están conectadas a el. Sabemos que la publicidad se ha convertido en el medio de financiación y sostenimiento económico de muchos medios, e Internet no podría ser la excepción, este le brinda a la publicidad varias ventajas como alto impacto en los consumidores, las campañas de publicidad en Internet presentan un bajo nivel de riesgo y favorecen la comunicación instantánea con los clientes, por esta y muchas mas razones la publicidad online ha tenido un crecimiento del 10.4% del año 2009, mientras que el uso de los medios tradicionales ha decaído entre 5% y 6%, esto demuestra el poder de Internet frente a otros medios en la actualidad, según la revista Advertising Age. Ahora bien, conocemos la fuerza con la que han venido creciendo las redes sociales y como Internet se ha venido posicionando como el medio global, mas usado y de mayor crecimiento dentro de las nuevas generaciones, lo cual le ha generado un crecimiento en la inversión publicitaria mundial, entonces porque no pensar que, ¿podría la publicidad hacer parte de estas redes sociales para su fin comercial? Yo creería que si, pero ojo, no de la manera en la que ha incursionado en otros medios, recordemos que estas redes se estructuran de lo personal a lo colectivo, no de lo colectivo a lo personal, a la gente ya no le interesa ser un simple receptor, es decir, hablando de publicidad no podríamos entrar a vender un producto o comunicar un 2×1, debemos esforzarnos mas y tener claro que se debe dejar de lado la incansable repetición de lo que creemos deberían hacer nuestro potencial consumidor, debemos entrar en la faceta de consumidor, o por decirlo de otra manera, de usuario, debemos hablarles de tú a tú, no inculcarles nada, no pretender que reaccionen diferente ante nosotros por ser una marca, debemos dejar que como todo acto social, se geste una respuesta autentica, natural, debemos ser parte de ellos, para que nos puedan ver de esa misma manera, iguales, así generar contactos reales, vínculos fuertes y una comunicación directa. De esta forma las redes sociales tienen un plus como plataforma publicitaria, ya que para diciembre de 2009 aumento en un 82 % su uso y si lo vemos desde la publicidad como profesión, los nuevos directores creativos de las agencias han crecido inmersos en estas redes y las campañas tendrán costos mas bajos a mayor impacto, gracias a que la publicidad puede ser segmentada a niveles muy altos. Si vemos estas redes sociales como un hecho social global encontraremos que en pocos años, los consumidores van a ser aquellos que crecieron usando las redes sociales desde niños, en este momento son consumidores potenciales ya que contaran con sus propios recursos económicos y estas redes serán un medio más afín para sus relaciones personales. Desde ya debemos creer en el potencial de estas redes sociales, sus usuarios son un mercado que crece cada vez más y en un futuro no muy lejano, nuestros niños, acostumbrados a usarlas, serán un pulmón para la economía, será una generación criada en lo virtual. Creo que en esta parte de mi ponencia vale la pena retomar un estudio dirigido por el profesor David Nicholas, de University College de Londres, en el cual plantea que “Hay pruebas empíricas de que la sobrecarga de información y el pensamiento asociativo está remoldeando el funcionamiento del cerebro de los jóvenes”, continua su análisis proponiendo que los adolescentes pierden la capacidad de leer y escribir textos largos ( recordemos como es el uso de las actuales redes sociales, como Facebook o Twitter, en las cuales los textos no son extensos, mas bien cortos y puntuales ) ya que Internet moldea a las mentes de forma diferente a otras generaciones que no crecieron inmersas en ella. Entonces, sin ánimo de sonar cruel u oportunista, solo por respuesta a un hecho social, esto le da una oportunidad a la publicidad gracias a sus mensajes cortos y directos, pero esto debe complementarse con el buen uso que las marcas deben darle a su faceta de usuario, no de vendedor ni negociante. Las redes sociales pueden abrir el mercado a miles de anunciantes a los que les cuesta llegar a un determinado público concreto, como los jóvenes, o los amantes de las tecnologías ya que día a día se van tejiendo como la mejor plataforma publicitaria jamás vista, ya que conoce a los consumidores desde adentro, desde sus gustos, experiencias y hasta ubicación. (de Conexiòn Central.com, Colombia, Noviembre de 2012)

6 de noviembre de 2012

Etica Informàtica

La Ética de la Informática (EI) es una nueva disciplina que pretende abrirse campo dentro de las éticas aplicadas y que ha emergido con fuerza desde hace unos pocos años en el mundo anglosajón. El origen remoto de la EI está en la introducción cada vez más masiva de los ordenadores en muchos ámbitos de nuestra vida social, cada vez más computarizada. Muchas profesiones reivindican para sí una ética particular con la cual pueden regirse ante los problemas morales específicos de esa profesión o actividad ocupacional. La existencia de la EI tiene como punto de partida el hecho de que los ordenadores suponen unos problemas éticos particulares y por tanto distintos a otras tecnologías. En la profesión informática se quiere pasar de la simple aplicación de criterios éticos generales a la elaboración de una ética propia de la profesión. Los códigos éticos de asociaciones profesionales y de empresas de informática van en esa dirección. El plantear una disciplina como la EI implica salir al paso de afirmaciones como "la ética no tiene nada que ver con los ordenadores" o "no hay una ética especial para los informáticos". Realizar la primera afirmación supone no reconocer los dilemas éticos en las tareas del informático que son potenciados por el mismo desarrollo tecnológico. Contrarrestar la segunda afirmación, en cambio, supone demostrar que sí hay necesidad de una ética especial para los informáticos. Así como otras ciencias y profesiones han tenido siglos para desarrollar conceptos éticos con los cuales tratar sus problemas (entre ellos, los provocados por las nuevas tecnologías), las tecnologías de la información llevan sólo unas pocas décadas de existencia para crear, como otras disciplinas lo han hecho, sus propios estándares éticos. Definición: La definición más restrictiva de la EI es el considerarla como la disciplina que analiza problemas éticos que son creados por la tecnología de los ordenadores o también los que son transformados o agravados por la misma, es decir, por las personas que utilizan los avances de las tecnologías de la información. Algunos de los autores se plantean si la cambiante sofisticación tecnológica plantea nuevos dilemas éticos o si las cuestiones éticas permanecen constantes. Otras definiciones de la EI son mucho más amplias. No se reducen a un nuevo campo de ética aplicada sino que, por ejemplo, en Moor, la EI es el análisis de la naturaleza y el impacto social de la tecnología informática y la correspondiente formulación y justificación de políticas para un uso ético de dicha tecnología. La EI estaría relacionada con los problemas conceptuales y los vacíos en las regulaciones que ha ocasionado la tecnología de la información. El problema es que hay una falta de reglamentación en cómo utilizar estas nuevas tecnologías que posibilitan nuevas actividades para las cuales no hay o no se perciben con nitidez principios de actuación claros. Las personas con responsabilidades en el área de diseño o gestión de sistemas de información cada vez han de tomar más decisiones sobre problemas que no se resuelven con lo legal y lo cuasi-legal (reglamentos, manuales de procedimiento de las empresas, etc.) sino que rozan lo ético mismo. La tarea de la EI es aportar guías de actuación cuando no hay reglamentación o cuando la existente es obsoleta. Al vacío de políticas se añade generalmente un problema de vacío conceptual. Por ello la EI también ha de analizar y proponer una marco conceptual que sea adecuado para entender los dilemas éticos que ocasiona la informática. Otra definición más englobante viene de Terrel Bynum, que basándose en Moor, define la EI como la disciplina que identifica y analiza los impactos de las tecnolo-gías de la información en los valores humanos y sociales. Estos valores afectados son la salud, la riqueza, el trabajo, la libertad, la democracia, el conocimiento, la privacidad, la seguridad o la autorrealización personal. En este concepto de EI se quieren incluir términos, teorías y métodos de disciplinas como la ética aplicada, la sociología de los ordenadores, la evaluación social de las tecnologías o el derecho informático. Los que escriben sobre esta materia no tienen como objetivo adoctrinar o hacer proselitismo sobre una manera concreta de pensar tratando de transmitir un con-junto de valores concretos. La intención es incorporar una conciencia social rela-cionada con la tecnología informática y también ayudar a los informáticos a utilizar los ordenadors no solo con eficiencia sino con criterios éticos . El objetivo es tomar decisiones sobre temas tecnológicos de manera consistente con la afirmación de los propios valores que uno profesa o con los derechos humanos en general. Para ello esta disciplina se plantea varios objetivos intermedios. Por un lado, descubrir y articular dilemas éticos clave en informática. Determinar en qué medida son agravados, transformados o creados por la tecnología informática. Ante los dilemas éticos que ocasiona la informática, analizar y proponer un marco conceptual adecuado y formular principios de actuación para determinar qué hacer en las nuevas actividades ocasionadas por la informática en las que no se perciben con claridad líneas de actuación. Por último, siempre se pretende un análisis ético de casos realistas y significativos. Para realizar lo anterior, la EI pretende tener en cuenta dos aspectos. Por un lado, utilizar la teoría ética para clarificar los dilemas éticos y detectar errores en el razonamiento ético. Por otro, colaborar con otras disciplinas en ese debate, siendo conscientes de los puntos de vista alternativos en las cuestiones referentes a valores y sabiendo discriminar en los distintos casos entre las consideraciones éticas y las técnicas. Sin embargo, la EI puede ir más allá. No solo proponer principios de actuación y ver qué valores son afectados sino reconsiderar valores que son de hecho asumidos. Por ejemplo, el software supone un tipo de propiedad que no encaja perfectamente en el concepto de propiedad tradicional. La EI puede analizar qué tipo de propiedad es el software, pero puede plantearse un debate más profundo preguntándose por qué ha de existir propiedad intelectual. Esto supone plantearse de manera nueva valores antiguos y reconsiderar su vigencia. LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS EN INFORMÁTICA Las asociaciones de profesionales de informática y algunas empresas relacionadas con la informática han desarrollado códigos de conducta profesional. Estos códigos tienen distintas funciones: - el que existan normas éticas para una profesión quiere decir que un profesional, en este caso un técnico, no es solo responsable de los aspectos técnicos del producto, sino también de las consecuencias económicas, sociológicas y culturales del mismo. - sirven también como un instrumento flexible como suplemento a las medidas legales y políticas, ya que éstas en general van muy lentas comparadas con la velocidad del desarrollo de las tecnologías de la información. Los códigos hacen de suplemento a la ley y sirven de ayuda a los cuerpos legislativos, administrativos y judiciales. - sirven como concienciación pública, ya que crear unas normas así hace al público consciente de los problemas y estimula un debate para designar responsabilidades. - estas normas tienen una función sociológica ya que dan una identidad a los in-formáticos como grupo que piensa de una determinada manera; es símbolo de sus estatus profesional y parte de su definición como profesionales. - estas normas sirven también como fuente de evaluación pública de una profesión y son una llamada a la responsabilidad que permiten que la sociedad sepa qué pasa en esa profesión; aumenta la reputación del profesional y la confianza del público. - en las organizaciones internacionales estas normas permiten armonizar legislaciones o criterios divergentes existentes (o ausentes, en su caso) en los países individuales. Sin embargo, la crítica que se hace a estas asociaciones en que han hecho poco por hacerlos cumplir, por imponer sanciones si no se cumplen o por comprobar si se aplican o si son relevantes o pertinentes. De hecho hay códigos que no son conocidos por los miembros de sus profesiones y menos por sus clientes. Parker denuncia que tampoco se reinterpretan, es decir, que exceptuando las situaciones más obvias, que son a las que hacen referencia estos códigos, no se sabe casi nada de la eticidad de la mayoría de las acciones en las que se mueven los informáticos. En general, también suelen faltar las medidas disciplinares, necesarias cuando las actividades de un miembro están en conflicto con la letra o el espíritu del código. También se critica que muchos códigos son el fruto del pensamiento tecnológico de los países desarrollados que no tienen en cuenta diferencias en valores sociales y culturales. Incluso hay asociaciones feministas que opinan que los códigos éticos de las asociaciones de informáticos reflejan valores denominados "masculinos" pues son códigos "creados por profesionales varones para técni-cos varones". En general los códigos no atienden a los grandes temas éticos de justicia a los que nos enfrentamos en nuestro tiempo: desigualdad económica, desempleo, pobreza, racismo, opresión del tercermundo... La relación de estos problemas con las tecnologías de la información no es directa, ni unívoca ni de una forma en la que haya un consenso global pero al menos sí se admite que los ordenadores y las telecomunicaciones, al ser ya parte de nuestra vida colectiva, pueden y deben aportar algo en estos problemas. El que las asociaciones de profesionales de informáticos busquen códigos de ética que les obliguen a un modo de actuar tiene algo de positivo. Quiere decir que en esta sociedad tecnocrática los técnicos se están haciendo conscientes de las consecuencias de su trabajo. Son los informáticos los que conocen en profundidad la naturaleza de los sistemas informáticos, la verdad sobre los sistemas de seguridad, los posibles daños por un mal uso del sistema y la verdadera intención de sus usuarios. Para evitar confusiones sobre la relación entre la profesión y la sociedad hay que responder adecuadamente a ¿a qué fin o bien sirve un informático? ¿cómo es el proceso de toma de decisiones en la relaciones entre tu profesión y la finalidad a la que dices servir?. Los códigos son un paso en la concienciación de las sociedades y organizaciones que quieren mejorar situaciones en las que los impactos sociales del desarrollo tecnológico no se tienen en cuenta. No tienen que duplicar lo que ya existe en la ley. La ley trata de la legalidad de las prácticas sociales, es normativa por definición y se impone con sanciones. Los códigos, en cambio, tratan del comportamiento según principios éticos, su normatividad es no más mostrar una declaración de intenciones sobre la "misión" de una institución y la coerción real con que se imponen es pequeña, aunque en algunos casos se incluyen expulsiones de la asociación en cuestión. La ley es el acercamiento de más poder normativo y asigna con claridad los derechos, responsabilidades y deberes de cada uno. SITUACIÓN ACTUAL DE LA ÉTICA DE LA INFORMÁTICA La proliferación de estudios existentes sobre la EI está teniendo repercusiones en la formación de los informáticos. Desde hace ya casi dos décadas, la asociación norteamericana ACM recomienda que un curso del tipo de la disciplina que estamos analizando en estas páginas sea parte de los programas de estudios de la carrera de informática. Solo en las instituciones universitarias de EEUU se impartieron más de 400 cursos de EI en 1996, sobre un total de 300 un año antes. En el caso español, en algunos pocos centros se está comenzado a impartir esta disciplina. En la revista Computers and Society se ha llevado a cabo durante varios números del año 1996 una recopilación bibliográfica de artículos y otras publicaciones relacionadas con la EI. Tras la lectura de algunas de las más de mil referencias que ahí se citan y apoyados en los comentarios de Kenneth Laudon podemos decir lo que sigue sobre la situación actual de la EI: - No puede decirse que la naciente literatura de EI esté, en general, suficiente-mente asentada en las teorías éticas, ya sean clásicas o contemporáneas. Los términos clásicos que se utilizan en el análisis del comportamiento ético (por ejemplo, normas, consecuencias, colectividad, individuo, positivismo, fenomenología, etc.) no se tienen suficientemente en cuenta en esta reflexión de la EI. Sin embargo, algunos autores son excepción y sí analizan las distintas situaciones según teorías éticas concretas: Johnson y Berleur contrastan a veces puntos de vista consecuencialistas con kantianos; Holvast analiza el deontologismo, el consecuencialismo y lo que él llama el relativismo ético; Kling analiza con teorías de Rawls, Kant y de los utilitaristas el caso de control en el trabajo por medio del ordenadores, etc . - Mucha literatura existente tiene una orientación individualista. Se centra más en lo que tienen que hacer los empleados, directivos o diseñadores como personas individuales implicadas en las tecnologías de la información. Se habla menos de que es bueno o ético en cuanto a organizaciones, instituciones o corporaciones. Se dedica más tiempo a tratar sobre la elección moral del trabajador que a las elecciones de las organizaciones y sus gestores. Tampoco se dedica mucho espacio a los usos políticos de las tecnologías de la información o a consideraciones éticas sobre una sociedad intensiva en información. Falta una sistematización de la EI, indicando problemas, niveles de análisis, caminos recomendados. En este punto es una excepción la iniciativa ImpactCS, en la que un conjunto de expertos en impacto social y ética de la informática quieren atender de manera sistemática a distintos niveles de reflexión en lo que respecta a esta disciplina. - La literatura existente es más sociológica que ética; es menos prescriptiva o normativa que descriptiva. En general no se ofrecen principios de actuación o respuestas a las preguntas "debe" (qué debería hacer yo como persona, que debería hacer yo y los míos como organización, qué normas sociales deberíamos promover, que leyes debemos tener...). El objetivo de la EI no es solamente proponer análisis sobre "sociología de la informática" o sobre la evaluación social de las tecnologías (technology assessment) sino ir algo más allá en el sentido de proporcionar medios racionales para tomar decisiones en temas en los que hay en juego valores humanos y dilemas éticos. CONCLUSIÓN Hemos analizado la situación de esta nueva disciplina que se denomina Ética Informática. Para ello hemos comenzado este estudio con un título, "¿Qué es la ética de la informática?", que no es original, sino que es el mismo que encabeza un artículo de James Moor escrito en 1985, What is Computer Ethics?, que se ha convertido en un clásico de la EI y que ha sido publicado en casi media docena de sitios. Tras la presentación de esta nueva disciplina, Ética Informática, podemos concluir que estamos ante un intento serio de proponer una reflexión sistematizada de los aspectos éticos de una de las características más relevantes de nuestro mundo: la dimensión informacional de la sociedad. La EI forma parte de la "vuelta a la ética" que se está dando en el pensamiento filosófico y en otros campos de la actividad social, que se traduce en ámbitos técnicos en evitar la absolutización de la racionalidad instrumental y del pragmatismo técnico. El que la ciencia avance y la técnica ofrezca cada vez mejores soluciones a problemas prácticos no quiere decir que los problemas éticos o las cuestiones de sentido queden resueltos de manera satisfactoria o no tengan ya lugar. Los problemas éticos, sociales o de sentido de una sociedad no se resuelven simplemente con un progreso tecnológico, en este caso un progreso en las tecnologías de la información. De lo anterior podemos también concluir que estamos ante nuevos retos tanto en el mundo profesional, como en el mundo educativo. Los códigos deontológicos informáticos pretenden responder a las cuestiones éticas que surgen en la vida profesional. Sin embargo, no son una respuesta suficiente a los problemas derivados de la tecnificación de las profesiones, aunque sí un medio de plantearse los problemas y concienciarse de la relevancia de los mismos. Por otro lado, la EI supone un reto para la vida educativa, en el sentido de que educar en concienciación ética ha de ser también parte de los curricula de los centros de enseñanza e investigación informática. Como se ha indicado antes, el sistema educativo español lleva en esto bastante retraso comparado con el norteamericano. El reto de proponer una reflexión ética resulte significativa para los informáticos está todavía por llevarse a cabo. Por otro lado, esta reflexión debería tener matices propios que no supongan un seguimiento literal de los patrones anglosajones que, por ejemplo, pecan de individualismo y utilitarismo. Terminamos con un apunte sobre la misma expresión "ética de la informática". Si Moor hablaba de la EI como el estudio del impacto de los ordenadores, años más tarde Bynum habla del impacto de la tecnología de la información (TI), aunque hoy en día sería más propio hablar ya del impacto de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Pues bien, la expresión misma "ética de la informática" puede quedar obsoleta y habrá que buscar una expresión que incluya no solo a la informática sino a todo el conjunto de las tecnologías de la información y las comunicaciones. LOS DIEZ MANDAMIENTOS DE LA ÉTICA INFORMÁTICA. 1. No usarás una computadora para dañar a otros. 2. No interferirás con el trabajo ajeno. 3. No indagarás en los archivos ajenos. 54. No utilizarás una computadora para robar. 5. No utilizarás la informática para realizar fraudes. 6. No copiarás o utilizarás software que no hayas comprado. 7. No utilizarás los recursos informáticos ajenos sin la debida autorización. 8. No te apropiarás de los derechos intelectuales de otros. 9. Deberás evaluar las consecuencias sociales de cualquier código que desarrolles. 10. Siempre utilizarás las computadoras de manera de respetar los derechos de los demás.

Etica en los RRHH

Etica y Deontología. La ética en las organizaciones. El hombre, desde los primeros años de su existencia, va creciendo con las ideas de “bien” y de “mal”, que le son inculcadas en su hogar, y luego reafirmadas, o incluso modificadas, por la sociedad en que vive. El modo de inculcación es casi siempre vivencial, y a veces sistemático, por ejemplo, a traves de la acción de la escuela y los medios masivos de comunicación. Pero es aproximadamente a partir del umbral de la adolescencia, que la persona piensa y reflexiona por sí sola, y se pregunta acerca de qué es lo bueno y qué es lo malo, por qué son malas algunas acciones y por qué otras son buenas, cuáles son los fundamentos de la moral, y cuál es la regla de moralidad a la que tiene que ajustar sus acciones. Estas, tal cual ya se ha visto, son las cuestiones que hacen al problema ético. Y son la prueba de que en todas las culturas existe un “hecho moral”, un “fenómeno moral” detrás del cual se esconde un sentido de responsabilidad. Dentro de la conciencia, se puede experimentar que todas las acciones van acompañadas de una sensación de responsabilidad sobre cada cosa que se hace. Las personas se sienten responsables de aquello que eligen y ejecutan libremente. Cuando la persona adulta se dispone a la reflexión, no puede escapar al planteo del problema ético. Quizás la reflexión como tal tarde en aparecer, pero al fin llega. Así, cada persona ansía saber si es realmente buena. Las apariencias de una moralidad puramente exterior no engañan a nadie, ni siquiera al propio sujeto. El cumplimiento de las leyes positivas no es suficiente, a veces, para hacer de la persona un ser “moralmente bueno”, pues hay muchos actos humanos que escapan a las leyes, y porque además no todas las leyes humanas son moralmente buenas, más allá de que debieran serlo. Efectivamente, la “moralidad” y la “legalidad” no son conceptos convertibles, y en los hechos no siempre un acto legal es moral, ni siempre un acto moral es legal. La única manera de juzgar bueno o malo moralmente un acto humano, es comprobar si se adecua, o no, a una determinada pauta, norma o criterio moral. De esta manera, si se llega a conocer mediante la reflexión filosófica, cuál es la norma de moralidad, se contará con el instrumento necesario que permitirá juzgar buena o mala una determinada acción. Por lo tanto, si armoniza con la norma establecida como resultado de una racionalización madura, será moralmente buena. Caso contrario, será mala, en proporción al grado o nivel de desarmonización. Por eso se concluye que la Ética debe constituir una estructura normativa, pero en tanto tal no es “vacía”, sino que es también un contenido de “valores”. La norma orienta, evita los desvíos, allana el camino, proporciona tranquilidad en el obrar, cuando el sujeto consciente procede con buena voluntad. Esto supone que existen “valores morales” que satisfacen el sentido del acto humano que se realiza; que hay “bienes” que perfeccionan la naturaleza humana mediante el ejercicio de actos virtuosos; que hay “fines” a los que se apuntan en la vida, y a los que se desea llegar voluntaria y libremente. En tanto la Ética proporciona normas para regular la conducta humana en general, cualquiera sea el estado, la edad, la profesión o el oficio de la persona, se puede hablar de una “Ética General”. Pero hay determinadas actividades humanas, como por ejemplo, las profesiones, que generan en quienes las ejercen obligaciones y derechos específicos, que no incumben a quienes no las ejercen. La Deontología no constituye una Ética aparte, sino que es la misma Ética que se refiere a las actividades concretas de cada profesión, especificando las aplicaciones que derivan racionalmente de los principios generales, e intentando conciliar estos últimos con las reglamentaciones del Derecho Positivo de cada país, para el ejercicio válido de cada profesión. El “objeto material” de la Ética son los actos humanos, considerando en esta categoría aquellos actos del hombre que se hacen conscientemente, libremente, y con el uso de la razón. El “objeto formal” de la Ética es la relación que los actos humanos tienen con la norma ideal de la conducta humana, de modo que puedan ser calificados como buenos o malos. El término “deontología profesional” hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, etc. El término deontología procede del griego: to deon (lo conveniente, lo debido) y logía (conocimiento, estudio…); lo que significa, en términos generales, el estudio o la ciencia de lo debido. El objeto de estudio de la Deontología son los fundamentos del deber y las normas morales. El concepto de deontología fue acuñado por Jeremías Bentham en su obra Deontología o ciencia de la moral, donde ofrece una visión novedosa de esta disciplina. Para Bentham, la deontología se aplica fundamentalmente al ámbito de la moral; es decir, a aquellas conductas del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente, aquellas acciones que no están sometidas al control de la legislación pública. Esto sugiere una de las intenciones de la redacción de los códigos deontológicos: explicitar la dimensión estrictamente moral de una profesión, aquellos comportamientos exigibles a unos profesionales, aunque no estén delimitados jurídicamente, o quizá, por ello mismo. La primera alusión al término deontología la hizo Bentham en su obra Science de la Morale (París, 1832). Con dicha alusión al, se quiso dotar de un enfoque algo más liberal al concepto de ética y convertir en un concepto laico el término, hasta entonces religioso, “moral”. En otras palabras, pretendía lograr la fórmula kantiana, esquivando la carga de subjetividad de la moral y la ética. Se apela así al racionalismo, con un mecanicismo casi matemático con el que valorar los comportamientos por su utilidad. Sin embargo, el intento de Bentham por cambiar el contenido de la moralidad por un concepto más “aséptico” y menos valorativo, no logró esa transformación por el mero hecho de acuñar un nuevo término. Es decir, aun hoy, cuando nos referimos al término deontología, seguimos relacionando ésta con la ética y/o la moral. Bentham considera que la base de la deontología es el utilitarismo, lo que significa que los actos de las personas se consideran buenos o malos en función de la felicidad global que puedan generar. Según este marco teórico, el fin de una acción debe ser conseguir la máxima felicidad para el mayor número de personas. De este modo, toda acción que conduzca a ese fin, será aceptada como moralmente correcta. ¿Qué es aquello a lo que podemos denominar bien en sí o bien incondicional? En nuestro contexto sociocultural actual, es la dignidad de cada persona, que debe ser admitida y garantizada jurídicamente y defendida políticamente. La dignidad es aquello que debe constituir el núcleo principal de toda ética filosófica y de toda deontología profesional que se precie. A través de la deontología, la ética profesional adquiere un reconocimiento público; y es que la moral individual se hace trascendente en el campo de la profesión. La deontología surge como una disciplina que se ocupa de concretar normas en el ámbito profesional para alcanzar unos fines. Si se parte de considerar a la ética como una ciencia filosófica-normativa y teórico-práctica que estudia los aspectos individuales y sociales de la persona, bajo la luz de la razón, y teniendo siempre como fin el “bien honesto”, o la honestidad, se podrán deducir los siguientes elementos: a- Objeto material: realidad que constituye el objeto de estudio. En ética es la persona, el ser y la configuración virtuosa o viciosa que se dé a sí o cada uno a través de las acciones. Son susceptibles de calificarse como éticas pues, las acciones humanas que son libres (dependen de la voluntad de la persona). b- Objeto formal: Punto de vista según el cual las acciones son calificadas como buenas o malas. Se denomina “moralidad” y se basa en valores y normas. c- Conocimiento (Ciencia): Aquello que se sabe de manera cierta y sus causas. Doctrina ordenada que constituye una rama particular del saber humano. d- Disciplina filosófica: La ética como disciplina filosófica intenta a través de métodos de análisis y experiencia propios de la filosofía, elaborar los conceptos y argumentos para comprender la dimensión moral de la persona. Todo profesional está y debe estar sometido a controles sociales más o menos rigurosos que permitan exigirle responsabilidades de muy diversa índole en relación con sus actos, de ahí la necesidad de establecer unos principios éticos. Independientemente de la propia conciencia, que debiera ser quién más rigiera el cumplimiento de los códigos morales, existe la figura de los colegios profesionales para mantener, promover y defender la deontología. Éstos vigilan el cumplimiento de determinados niveles de exigencia, de competencia y de calidad en el desempeño del trabajo de sus colegiados. El Estado, al convertir a los colegios profesionales en corporaciones a través de mecanismos legales, propicia el modo de mantener la deontología profesional. Les encarga funciones públicas y les dota de la potestad de imponer una determinada disciplina a todos los profesionales pertenecientes a este colectivo. Para que se pueda pedir responsabilidad por actuaciones profesionales se precisan dos requisitos: la independencia y la libertad. El profesional debe ser independiente en el momento de tomar decisiones y debe ser enteramente libre de ejecutarlas. La deontología es de sumo interés para el mundo profesional, y en concreto, para profesiones que comportan una elevada responsabilidad social (médicos, abogados, docentes, psicólogos, periodistas…). Esa deontología busca un equilibrio entre un determinado estilo de vida moral (el denominado êthos o carácter moral) y un alto nivel de profesionalidad técnico-científica. Esta doble dimensión ha de tratarse con armonía y equilibrio para una mayor dignificación de cualquier actividad laboral. Una de las diferencias cuando hablamos de "ética" y "deontología" es que la primera hace directamente referencia a la conciencia personal, mientras que la segunda adopta una función de modelo de actuación en el área de una colectividad. Por ello, con la concreción y diseño de códigos deontológicos, además de autorregular esta profesión, se invita al seguimiento de un camino muy concreto y a la formación ética de los comunicadores. De forma teórica, podríamos diferenciar dos grandes grupos: la ética social y la ética individual. Dentro de la ética individual se diferencia, también, una ética interpersonal que es la que rige el comportamiento que tenemos en relación a otros individuos. Aquí se puede situar la ética profesional ya que rige el comportamiento del profesional en su actividad laboral. Los principios que rigen la profesión se obtienen a través de métodos similares a los de la ética general: dialógico, inductivo y deductivo. Para conocer el fundamento ético y moral de un código ético, se requiere el estudio de la actividad profesional en sí misma y no es suficiente la labor de un filósofo que desconozca la profesión. La ética de las profesiones se mueve en el nivel intermedio de las éticas específicas o “aplicadas”. El profesional se juega en el ejercicio de su profesión no sólo ser un buen o mal profesional sino también su ser ético. No acaba de ser considerada una persona éticamente aceptable quien en todos los ámbitos actuase bien y cumpliese con sus deberes menos en el ejercicio de sus responsabilidades profesionales. La ética general de las profesiones se plantea en términos de principios: el principio de beneficencia, el principio de autonomía, el principio de justicia y el principio de no maleficencia El deontologismo plantea los temas éticos en términos de normas y deberes. Los principios se distinguen de las normas por ser más genéricos que éstas. Los principios ponen ante los ojos los grandes temas y valores del vivir y del actuar. Las normas aplican los principios a situaciones más o menos concretas, más o menos genéricas. Las normas suelen hacer referencia a algún tipo de circunstancia, aunque sea en términos genéricos. Pero también los principios se hacen inteligibles cuando adquieren concreción normativa y hacen referencia a las situaciones en las que se invocan y se aplican. En términos generales un principio enuncia un valor o meta valiosa. Las normas, en cambio, intentando realizar el principio bajo el que se subsumen, dicen cómo debe aplicarse un principio en determinadas situaciones. Tanto las normas como los principios son universales aun cuando el ámbito de aplicación de los principios sea más amplio y general que las normas específicas que caen bajo dicho principio. Desde la perspectiva de la ética profesional, el primer criterio para juzgar las actuaciones profesionales será si se logra y cómo se logra realizar esos bienes y proporcionar esos servicios (principio de beneficencia). Como toda actuación profesional tiene como destinatario a otras personas, tratar a las personas como tales personas, respetando su dignidad, autonomía y derechos sería el segundo criterio (principio de autonomía). Las actuaciones profesionales se llevan a cabo en un ámbito social con demandas múltiples que hay que jerarquizar y recursos más o menos limitados que hay que administrar con criterios de justicia (principio de justicia). Y, en todo caso, habrá que evitar causar daño, no perjudicar a nadie que pueda quedar implicado o afectado por una actuación profesional (principio de no maleficencia). En un sentido vulgar se habla de deontología en referencia al buen hacer que produce resultados deseables, sobre todo en el ámbito de las profesiones. Un buen profesional es alguien que, en primer lugar, posee una destreza técnica que le permite, en condiciones normales, realizar su tarea con un aceptable nivel de competencia y calidad. Las reglas del buen hacer –perfectum officium, acción llevada a cabo conforme a los imperativos de la razón instrumental– constituyen, sin duda, deberes profesionales. Y esto no es en modo alguno ajeno al orden general del deber ético. Aún más: las obligaciones éticas comunes para cualquier persona son, además, obligaciones profesionales para muchos En definitiva, cuando nos refiramos a una profesión determinada, podemos hablar de la existencia de una ética y de una deontología determinada. La primera se podría centrar en determinar y perfilar el bien de una determinada profesión (aportación al bien social) y la deontología, por su parte, se centraría en definir cuáles son las obligaciones concretas de cada actividad. La “conciencia individual” implica la condición de ser una conciencia responsable. La “conciencia ética” nos responsabiliza en la forma de trato hacia esas otras personas. Además de estas dos hay una clase de conciencia más, constituida como un concepto muy importante relacionado con la deontología profesional: la conciencia profesional. La “conciencia profesional” es una dimensión esencial de la conciencia ética, a la que se añade la responsabilidad que cada persona tiene. Se manifiesta en un comportamiento socialmente responsable acerca de los deberes específicos de una profesión después de haber interiorizado, asumido y personalizado un código de valores referentes a dicha profesión, para después analizar, aplicar y resolver problemas específicos de la profesión con la mejor competencia y rectitud posibles y socialmente exigibles. Se puede hablar de cuatro niveles de la conciencia profesional: 1) Nivel individual, pues la conciencia profesional es intransferible e individual, nadie es responsable por ninguna otra persona. 2) Nivel de los deberes específicos, aprendidos, asumidos y personalizados por socialización ética. Cada persona tiene que haberse socializado en el código deontológico de su profesión. 3) Nivel de madurez y equilibrio psíquico, pues para que la conciencia profesional pueda funcionar hay que gozar de un grado de madurez mínimo. 4) Aptitud profesional para el ejercicio digno de una profesión. Las costumbres y la responsabilidad profesional Las costumbres son normas que crean una sociedad y que le dan un hecho jurídico palpable. Tienen al igual que ocurre con las leyes, consecuencias cuando son violadas. El profesional debe regirse por su código de ética propio, pero también tiene que tener en cuenta un marco de costumbre. La gran mayoría de los autores coinciden al señalar que el fundamento de la responsabilidad es la libertad de la voluntad. El sentimiento de responsabilidad también se puede ir desarrollando a lo largo de la trayectoria vital y profesional de una persona. Una profesión cualquiera debe tener un periodo de aprendizaje, una preparación previa especializada y casi siempre formal, que se debe completar con una formación permanente que se completa con el paso del tiempo y la vivencia de distintas situaciones en la vida profesional a las que enfrentarse. Colegios profesionales Los Colegios Profesionales, tal como los define la ley, “son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentra la ordenación del ejercicio de las profesiones”. Además, son las corporaciones que elaboran los códigos deontológicos. Los códigos deontológicos cumplen una triple función: a) Fijar una serie de criterios de carácter científico-funcional para el ejercicio de la profesión, con el objetivo de dar operatividad y eficacia a las actividades ejercidas en el ámbito cubierto por las normas establecidas. b) Refundir orientaciones éticas para el ejercicio de la profesión y plasmarlas en códigos de deontología profesional. c) La posibilidad de imponer sanciones disciplinarias a los colegiados que incumplan los dictados de los códigos deontológicos. Esta función tiene la singularidad de conferir a éstos relevancia jurídica estatal, lo que otorga a la deontología ciertas coincidencias con el Derecho en lo que se refiere a la utilización de un procedimiento judicial. Una diferencia importante entre la deontología profesional y el derecho reside en el origen de estos dos órdenes normativos reguladores del ejercicio de una profesión. La fuente del derecho es el poder legislativo del Estado -que emana del ejercicio de la Soberanía Popular-, mientras que el origen de la deontología profesional no es "estatal", sino que emana del propio colectivo profesional, y desde una labor de autorregulación. En casos excepcionales, la iniciativa de un código deontológico puede partir del Estado o de una entidad supraestatal, como es el caso paradigmático del Código deontológico de los periodistas del Consejo de Europa, aunque es una condición necesaria que el colectivo profesional lo incorpore a su actividad y ejerza una labor de autorregulación. Sin estas dos condiciones, este código normativo se convertiría en derecho y no en deontología profesional. Por lo tanto, no es necesariamente excluyente de la deontología profesional un código de origen externo a la propia profesión, si pasa por el filtro de la autorregulación. En el caso de las profesiones que requieren colegiación profesional, como la abogacía y la medicina, existe una institucionalización de la sanción. Sin embargo, hay profesiones como el periodismo, que se ejercen sin colegiación obligatoria. En estos casos, el incumplimiento de las normas deontológicas lleva aparejada una sanción similar a la que corresponde a la vulneración de las normas morales: mala imagen pública, reproche, expulsión del grupo, etc. Esto las diferencia de las profesiones de colegiación obligatoria, caracterizadas por la institucionalización de la sanción. Pero no implica falta de gravedad. Un profesional puede considerar que una sanción por infracción del código de deontología profesional tiene más importancia que una sanción administrativa. Retomando la idea de que la deontología profesional es uno de los órdenes reguladores del ejercicio de una profesión, en una situación intermedia entre el derecho y la moral, es necesario hacer una serie de precisiones. Las normas de la deontología profesional, aun sentidas como vinculantes entre los miembros del colectivo, se alejan del carácter coercitivo del derecho. El derecho es siempre coactivo, y la deontología profesional puede o no imponer sanciones y, en el caso de aplicarse, son menos graves que las impuestas por el derecho. La sanción más grave que puede imponer la deontología profesional es la exclusión de la profesión. Por otro lado, las sanciones de la deontología profesional en aquellas profesiones que no exigen para su ejercicio la colegiación obligatoria son sanciones sociales difusas; es decir, que aparte de no llegar al grado de gravedad de la sanción jurídica, no tienen por qué estar necesariamente institucionalizadas. Un ejemplo de sanciones sociales difusas -en este sentido de informalidad, cercanas a la moral- emitidas por la deontología puede ser la consideración de exclusión del colectivo profesional de un miembro, sin llegar ésta a ser una sanción no formalizada. No obstante, la deontología profesional tiene un mayor grado de institucionalización que la moral general, de tal modo que, para hablar de deontología profesional, es necesario un grado de institucionalización normativa -inferior a la del derecho pero superior a la de la moral. La moral, aunque es de carácter social, tiene un componente último que es individual, mientras que la instancia última de la deontología profesional es colectiva, común a todo el grupo profesional. Igual que se da el conflicto entre moral y derecho, cabe la confrontación del individuo con la deontología profesional a la que está sometido. La deontología es uno de los tres órdenes normativos que regulan el ejercicio de las profesiones, junto al Derecho y la moral. Cabe señalar que las normas deontológicas se encuentran a medio camino entre los otros dos órdenes normativos. Una característica fundamental de la deontología profesional es que tiene un fuerte componente de autorregulación, entendida en un sentido colectivo. Se trata de una interiorización de las normas propias de la profesión. Se diferenciaría del Derecho en que éste es creado por el Estado, y de la moral en que la deontología tiene un carácter colectivo, no se basa en los principios individuales. Otra diferencia clave frente al Derecho, es que éste tiene un marcado carácter coactivo, impone sanciones al incumplimiento de sus normas. La deontología, por su parte, puede o no incluir sanciones, y siempre serán menos graves que las relacionadas con el Derecho (surgidas de instituciones jurídicas). No obstante, la deontología puede institucionalizarse a través de los Códigos Deontológicos, la colegiación... (instrumentos o mecanismos que dotan de más efectividad a la deontología), pero siempre presenta una institucionalización mucho menor a la del Derecho. Las normas del Derecho son "ajenas" al mismo, mientras que lo característico de la deontología profesional es la autorregulación. Los profesionales son creadores, sujetos y objetos de las normas deontológicas de su profesión correspondiente. Participan (a través de sus asociaciones, por ejemplo) en la creación de los códigos deontológicos que, a su vez, deberán aplicar. La autorregulación es necesaria porque delimita campos de actuación, alerta sobre conductas alejadas del bien común y puede invitar al profesional a dirigir sus acciones por el fomento de valores que permitan una vida más humana. La Ética y los Recursos Humanos. Ya se ha señalado que, en el sentido más elemental, la ética es un conjunto de valores y reglas que definen los comportamientos correctos e incorrectos, señalan cuando es aceptable una acción y cuando resulta inadmisible. Lo que se considera ético depende de la óptica con que se traten los asuntos de orden ético. Las fuerzas que dan forma al comportamiento ético-deontológico son: 1- Normas y cultura de la sociedad Buena parte de las opiniones sobre lo que es ético proviene de la sociedad en que tienen lugar a los actos de los individuos. Los medios de comunicación exponen y dan cuenta de decisiones y procederes, que luego diferentes críticos y grupos de interés juzgan en forma pública. En 1966 grupos con intereses públicos presionaron a la Dirección de Salud Pública de Estados Unidos para que obligara a las compañías tabacaleras a poner leyendas de advertencia en los paquetes de cigarrillos. Estas compañías han sido blanco de ataques de ciudadanos que consideran que las compañías proceden sin ética. 2- Leyes y reglamentos Lo que la sociedad interpreta como ético o carente de ética a menudo termina por expresarse en leyes, reglamentos gubernamentales y decisiones judiciales. El empleo a voluntad es un concepto del derecho consuetudinario en que se plantea que los patrones están libertad de despedir a sus empleados por cualquier razón y en cualquier momento y que estos se hallan en libertad de renunciar a su trabajo por cualquier motivo y en cualquier momento. Las investigaciones sobre acciones ilegales de las empresas demuestran que dichas acciones son adversas a la reputación y rentabilidad de las organizaciones. 3- Práctica y cultura organizacionales Las organizaciones influyen en las acciones de los empleados de manera tanto formal como informal. Para ofrecer orientación formal a sus trabajadores, la empresa debe establecer políticas claras que definan las acciones éticas y las distingan de las que no lo son. Un código de ética plantea los principios que se esperan sigan los empleados en sus acciones y proceder dentro de la organización. Los códigos de ética ayudan a entender las normas y los valores de las compañías y ofrecen reglas básicas para decidir que comportamiento resulta aceptable. 4- Puntos de vista individuales Los individuos tienen sus valores e ideas sobre lo que es correcto y lo que no. En ocasiones el punto de vista personal converge con la perspectiva de su organización y de la sociedad en su conjunto, pero no siempre es así. Los estudios psicológicos sobre el comportamiento ético sugieren que las personas desarrollan la moral en buena medida como lo hacen físicamente, desde la infancia hasta la edad adulta. 5- Razones aceptables legalmente para despedir a los empleados. Incompetencia en el desempeño que no responde a la capacitación o al puesto. Insubordinación grave o constante. Infracciones a los derechos civiles, como las prácticas de hostigamiento. Ausencias injustificadas. Acciones ilegales, como el robo. Retrasos constantes Actividades relacionadas con narcóticos en el trabajo. Agresión verbal Violencia física Falsificación de expedientes Embriaguez en el trabajo 6- Razones Inaceptables legalmente para despedir a los empleados Hacer notar la conducta ilegal de los empleadores (por ejemplo, oponerse o hacer públicas las políticas o practicas del patrón que infringen las leyes, como la ley antimonopolio, la de protección al consumidor o las leyes de protección ambiental) Cooperar en la investigación de un cargo en contra de la empresa Informar sobre las infracciones a la Dirección de Seguridad y Bienestar Ocupacional Presentar cargos por discriminación ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el empleo o ante un organismo estatal o municipal de defensa de la igualdad en el trabajo. Presentar cargos por prácticas laborales injustas ante el Consejo Nacional de Relaciones Laborales o ante un organismo estatal. Presentar una demanda de indemnización laboral. Participar en actividades concertadas para protestar por salarios, condiciones laborales o riesgos de seguridad. Participar en actividades sindicales, siempre que no haya violencia o comportamientos fuera de la ley. Protestar o dar testimonio sobre infracciones a las leyes de igualdad en el salario o en los horarios Protestar o dar testimonio sobre peligros de seguridad o rehusar una labor si se considera que es peligrosa. Identidad y ética del profesional de Recursos Humanos Debe plantearse la necesidad de un código ético del profesional de Recursos Humanos, como punto de partida hacia una mayor identificación de su rol en las organizaciones y la sociedad argentinas. A la vez, facilitará la toma de decisiones y permitirá un desarrollo más consistente y claro para quienes ejercen hoy la profesión y, muy especialmente, en el futuro. El ejercicio de actividades referidas a las relaciones del trabajo - más comúnmente conocidas como "recursos humanos" -, ha alcanzado un desarrollo suficiente como para ser considerada una profesión equivalente a cualquier otra de las que son reconocidas en la sociedad. Sin embargo, en nuestro país y en los inicios del siglo XXI, no ha logrado el rango de profesión, entre otros motivos, por la inexistencia de límites éticos claros que darían fundamento a la práctica. En otras palabras, "ética" y "profesión" son términos complementarios que otorgan identidad y es poco probable que quienes se encuentren ejerciendo las actividades referidas a los recursos humanos - hoy y en el futuro -, puedan continuar su desarrollo sobre bases tan difusas. Por este motivo, se torna necesario iniciar un análisis y un debate sobre este aspecto puntual, que además coincide con el crecimiento del interés por la ética empresarial, uno de los ámbitos frecuentes de actuación. ¿Qué se entiende por "identidad"? Sin llegar a entrar en perspectivas psicológicas o filosóficas, aún cuando éstas podrían aportar definiciones enriquecedoras, la identidad es una construcción social, que implica no sólo la comprensión de sí mismo y el rol que desempeña en la sociedad, sino que debe completarse con la visión de los otros. La práctica visible de una actividad permite construir la identidad. Nadie podría considerarse pintor si no pinta, o chofer de taxi si no sabe conducir un automóvil. Las habilidades y el desempeño de ciertas funciones otorgan identidad, en la medida en que son manifiestas, comprobables en la realidad, no sólo por el que las ejecuta sino también por quienes las perciben o son sujetos de sus acciones. Aquí nos enfrentamos, además, con un problema central: ¿cómo llamar al profesional de Recursos Humanos? Las distintas carreras de grado han optado por distintas denominaciones respondiendo más a razones de marketing que de contenidos u objetivos. En las empresas existe una heterogeneidad similar: Personal, Recursos Humanos, Relaciones Laborales, Relaciones con el Personal, Relaciones del Trabajo, etc. Para confirmar aún más la ambigüedad sobre las que nos movemos, hagamos el ejercicio de suponer cómo describirían al "buen" profesional de Recursos Humanos personalidades tan distintas como los presidentes de distintas empresas. ¿Qué se entiende por "profesional"? La aproximación más eficaz respecto de la definición de los términos que utilizamos es el diccionario, cuya función principal es, precisamente, fijar el significado de las palabras y sus posibles acepciones. Según el diccionario Webster, una profesión es "un llamado, vocación o cargo que requiere conocimientos especializados y frecuentemente, una larga e intensa formación académica". Para ser definida como profesión debe poseer no menos de seis condiciones: 1- Un cuerpo de conocimientos común. 2- El establecimiento de estándares de desempeño. 3- La existencia de una organización profesional representativa. 4- Otorgamientos de matrícula. 5- Reconocimiento externo de la profesión. 6- Un código de ética. 1- Un cuerpo de conocimientos común. A pesar de que las carreras de grado en la especialidad tienen, en Argentina, una historia corta (algo más de 30 años), se ha constituido un cuerpo de conocimientos sólido, a partir del ejercicio de la docencia y las investigaciones. No obstante, existe una gran dispersión en los temas centrales y los avances alcanzados respecto de técnicas, estudios o metodologías de intervención. En principio, aunque se justifica por el reducido mercado, hay baja producción nacional de textos de la especialidad y de irregular calidad, excepto muy calificadas excepciones: Leonardo Schvarstein, Abraham Pain, Jorge Etkin, Aldo Schlemenson, Ernesto Gore y otros pocos. La bibliografía predominante proviene de traducciones de autores estadounidenses, donde solemos encontrarnos con textos de una pobreza intelectual formidable, aunque pese a ello suelen convertirse en best-sellers. 2- Establecimiento de estándares de desempeño. Es más fácil reconocer estándares en algunas áreas técnicas, tales como Remuneraciones, Capacitación, Legislación Laboral, etc., pero la consistencia se diluye cuando se abordan temas referidos a las relaciones laborales, interpersonales o referidas a la ética profesional, por lo cual es ésta una cuestión pendiente. 3- Existencia de una organización profesional representativa. Existen en la actualidad distintas asociaciones profesionales con personería jurídica, pero no se ha establecido un Consejo Profesional. Es una carencia que, en caso de ser debidamente institucionalizada y administrada, perfilaría los alcances de la profesión de un modo más concreto. 4- Otorgamientos de certificación. Hoy día nos encontraríamos con muchas dificultades en el otorgamiento de matrículas profesionales debido a que las personas que ejercen provienen de distintos ámbitos académicos (psicología, derecho, sociología, ingeniería, ciencias económicas, etc.), por lo que sería necesario establecer una transición que reconocieran la experiencia, los conocimientos y competencias de cada profesional para ser habilitado. 5- Reconocimiento externo de la profesión. En este punto claramente se está a medio camino, ya que la profesión no se encuentra totalmente reconocida en la sociedad. Es la consecuencia de muchas de las situaciones planteadas más arriba, respecto de la diversidad de títulos académicos referidos a los mismos objetivos y contenidos, más el hecho de que cualquier profesional proveniente de otras ramas del saber, o simplemente idóneos, son los que ocupan los cargos o funciones correspondientes a los profesionales de recursos humanos. En este punto es necesario detenerse y retomar el término “profesión”, vinculado al término “vocación”, pues hay una diferencia abismal entre ejercer vocacionalmente una profesión o, simplemente, desempeñar un trabajo remunerado. En muchas oportunidades, se destina al área de Recursos Humanos a quienes no se puede despedir por distintas razones (económicas, en nombre de viejas lealtades, etc.), y se parte del supuesto de que cualquiera puede ejercer una función en dicha área. Es parte de la definición que, quien ejerce, debe ser remunerado por ello, pero la remuneración no reemplaza ni reemplazará los fundamentos vocacionales que debieran sustentar la práctica profesional. 6- Un código de ética. A pesar de las deficiencias que se vienen anotando hasta aquí respecto de las condiciones necesarias para considerar profesionales a quienes se desempeñan en el área de Recursos Humanos, se tiende a poner de manifiesto la importancia de la ética como marco de referencia para todo aquel que desempeñe una función cuyo objeto sea la administración de los recursos humanos. Un ejemplo práctico es la referencia al juramento hipocrático, base del desempeño de los profesionales de la medicina. Publicado por Prof Gabriela en 13:56

Deontologìa Profesional (ASC/RRHH): Definiciones y Conceptos

Etica y Deontología. El hombre, desde los primeros años de su existencia, va creciendo con las ideas de “bien” y de “mal”, que le son inculcadas en su hogar, y luego reafirmadas, o incluso modificadas, por la sociedad en que vive. El modo de inculcación es casi siempre vivencial, y a veces sistemático, por ejemplo, a traves de la acción de la escuela y los medios masivos de comunicación. Pero es aproximadamente a partir del umbral de la adolescencia, que la persona piensa y reflexiona por sí sola, y se pregunta acerca de qué es lo bueno y qué es lo malo, por qué son malas algunas acciones y por qué otras son buenas, cuáles son los fundamentos de la moral, y cuál es la regla de moralidad a la que tiene que ajustar sus acciones. Estas, tal cual ya se ha visto, son las cuestiones que hacen al problema ético. Y son la prueba de que en todas las culturas existe un “hecho moral”, un “fenómeno moral” detrás del cual se esconde un sentido de responsabilidad. Dentro de la conciencia, se puede experimentar que todas las acciones van acompañadas de una sensación de responsabilidad sobre cada cosa que se hace. Las personas se sienten responsables de aquello que eligen y ejecutan libremente. Cuando la persona adulta se dispone a la reflexión, no puede escapar al planteo del problema ético. Quizás la reflexión como tal tarde en aparecer, pero al fin llega. Así, cada persona ansía saber si es realmente buena. Las apariencias de una moralidad puramente exterior no engañan a nadie, ni siquiera al propio sujeto. El cumplimiento de las leyes positivas no es suficiente, a veces, para hacer de la persona un ser “moralmente bueno”, pues hay muchos actos humanos que escapan a las leyes, y porque además no todas las leyes humanas son moralmente buenas, más allá de que debieran serlo. Efectivamente, la “moralidad” y la “legalidad” no son conceptos convertibles, y en los hechos no siempre un acto legal es moral, ni siempre un acto moral es legal. La única manera de juzgar bueno o malo moralmente un acto humano, es comprobar si se adecua, o no, a una determinada pauta, norma o criterio moral. De esta manera, si se llega a conocer mediante la reflexión filosófica, cuál es la norma de moralidad, se contará con el instrumento necesario que permitirá juzgar buena o mala una determinada acción. Por lo tanto, si armoniza con la norma establecida como resultado de una racionalización madura, será moralmente buena. Caso contrario, será mala, en proporción al grado o nivel de desarmonización. Por eso se concluye que la Ética debe constituir una estructura normativa, pero en tanto tal no es “vacía”, sino que es también un contenido de “valores”. La norma orienta, evita los desvíos, allana el camino, proporciona tranquilidad en el obrar, cuando el sujeto consciente procede con buena voluntad. Esto supone que existen “valores morales” que satisfacen el sentido del acto humano que se realiza; que hay “bienes” que perfeccionan la naturaleza humana mediante el ejercicio de actos virtuosos; que hay “fines” a los que se apuntan en la vida, y a los que se desea llegar voluntaria y libremente. En tanto la Ética proporciona normas para regular la conducta humana en general, cualquiera sea el estado, la edad, la profesión o el oficio de la persona, se puede hablar de una “Ética General”. Pero hay determinadas actividades humanas, como por ejemplo, las profesiones, que generan en quienes las ejercen obligaciones y derechos específicos, que no incumben a quienes no las ejercen. La Deontología no constituye una Ética aparte, sino que es la misma Ética que se refiere a las actividades concretas de cada profesión, especificando las aplicaciones que derivan racionalmente de los principios generales, e intentando conciliar estos últimos con las reglamentaciones del Derecho Positivo de cada país, para el ejercicio válido de cada profesión. El “objeto material” de la Ética son los actos humanos, considerando en esta categoría aquellos actos del hombre que se hacen conscientemente, libremente, y con el uso de la razón. El “objeto formal” de la Ética es la relación que los actos humanos tienen con la norma ideal de la conducta humana, de modo que puedan ser calificados como buenos o malos. El término “deontología profesional” hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, etc. Es importante no confundir deontología profesional con ética profesional. Cabe distinguir que la ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontología profesional, mientras que, la deontología profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional. A lo largo de la historia ha habido diversas maneras de entender la ética y distintas propuestas morales orientadoras de la vida humana. Es posible decir que la Ética es una parte de la Filosofía Práctica que se ocupa del hecho moral y de los problemas filosóficos que nacen de la conducta humana. La ética se dedica al estudio de los actos humanos, pero aquellos que se realizan por la voluntad y libertad absoluta, de la persona. Todo acto humano que no se realice por medio de la voluntad de la persona y que esté ausente de libertad, no forma parte del campo de estudio de la ética. La ética, por tanto, no inventa la vida moral sino que reflexiona sobre ella. Desde la perspectiva del discurso moral existe la presunción, además, de que el ser humano es en cierto modo libre. Esta consideración deja abierto el campo de posibilidades de actuación de los seres humanos. En el ejercicio de esa libertad se producen conflictos que constituyen la clave de la vida moral y sobre los que la ética, como reflexión teórica, trata de dar luz, para encauzar adecuadamente la praxis, la acción humana. La propia discusión de una ética profesional ya implica la idea de la existencia de un código moral colectivo con un cierto grado de intersubjetividad y con un carácter vinculante entre sus miembros, y no sólo un mero conjunto de normas apelativas a la intuición, a la emoción o al extremo del relativismo de la moral individual. Las normas deontológicas son incomprensibles sin la referencia al contexto o grupo social en el que son obligatorias. La obligación se circunscribe a ese grupo, fuera del cual pierden la obligatoriedad. El término deontología procede del griego: to deon (lo conveniente, lo debido) y logía (conocimiento, estudio…); lo que significa, en términos generales, el estudio o la ciencia de lo debido. El objeto de estudio de la Deontología son los fundamentos del deber y las normas morales. El concepto de deontología fue acuñado por Jeremías Bentham en su obra Deontología o ciencia de la moral, donde ofrece una visión novedosa de esta disciplina. Para Bentham, la deontología se aplica fundamentalmente al ámbito de la moral; es decir, a aquellas conductas del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente, aquellas acciones que no están sometidas al control de la legislación pública. Esto sugiere una de las intenciones de la redacción de los códigos deontológicos: explicitar la dimensión estrictamente moral de una profesión, aquellos comportamientos exigibles a unos profesionales, aunque no estén delimitados jurídicamente, o quizá, por ello mismo. La primera alusión al término deontología la hizo Bentham en su obra Science de la Morale (París, 1832). Con dicha alusión al, se quiso dotar de un enfoque algo más liberal al concepto de ética y convertir en un concepto laico el término, hasta entonces religioso, “moral”. En otras palabras, pretendía lograr la fórmula kantiana, esquivando la carga de subjetividad de la moral y la ética. Se apela así al racionalismo, con un mecanicismo casi matemático con el que valorar los comportamientos por su utilidad. Sin embargo, el intento de Bentham por cambiar el contenido de la moralidad por un concepto más “aséptico” y menos valorativo, no logró esa transformación por el mero hecho de acuñar un nuevo término. Es decir, aun hoy, cuando nos referimos al término deontología, seguimos relacionando ésta con la ética y/o la moral. Bentham considera que la base de la deontología es el utilitarismo, lo que significa que los actos de las personas se consideran buenos o malos en función de la felicidad global que puedan generar. Según este marco teórico, el fin de una acción debe ser conseguir la máxima felicidad para el mayor número de personas. De este modo, toda acción que conduzca a ese fin, será aceptada como moralmente correcta. ¿Qué es aquello a lo que podemos denominar bien en sí o bien incondicional? En nuestro contexto sociocultural actual, es la dignidad de cada persona, que debe ser admitida y garantizada jurídicamente y defendida políticamente. La dignidad es aquello que debe constituir el núcleo principal de toda ética filosófica y de toda deontología profesional que se precie. A través de la deontología, la ética profesional adquiere un reconocimiento público; y es que la moral individual se hace trascendente en el campo de la profesión. La deontología surge como una disciplina que se ocupa de concretar normas en el ámbito profesional para alcanzar unos fines. Si se parte de considerar a la ética como una ciencia filosófica-normativa y teórico-práctica que estudia los aspectos individuales y sociales de la persona, bajo la luz de la razón, y teniendo siempre como fin el “bien honesto”, o la honestidad, se podrán deducir los siguientes elementos: a- Objeto material: realidad que constituye el objeto de estudio. En ética es la persona, el ser y la configuración virtuosa o viciosa que se dé a sí o cada uno a través de las acciones. Son susceptibles de calificarse como éticas pues, las acciones humanas que son libres (dependen de la voluntad de la persona). b- Objeto formal: Punto de vista según el cual las acciones son calificadas como buenas o malas. Se denomina “moralidad” y se basa en valores y normas. c- Conocimiento (Ciencia): Aquello que se sabe de manera cierta y sus causas. Doctrina ordenada que constituye una rama particular del saber humano. d- Disciplina filosófica: La ética como disciplina filosófica intenta a través de métodos de análisis y experiencia propios de la filosofía, elaborar los conceptos y argumentos para comprender la dimensión moral de la persona.